Los criminales no son presos políticos
Por Juan Carlos Martínez
Si a los condenados por delitos de lesa humanidad se les aplicara los mismos métodos que ellos emplearon en los campos clandestinos de concentración, la Argentina exhumaría en plena democracia el terrorismo de Estado.
Lejos estamos de regresar a la ley de la selva y esto es lo que distingue a un sistema democrático de una dictadura sangrienta como la que vivimos en este país a partir del 24 de marzo de 1976.
Esa es la diferencia entre un sistema y otro.
Los jueces de toga no actúan como los jueces de capucha y las personas que se sientan en el banquillo no son interrogadas con los ojos vendados, las manos atadas y la aplicación de tormentos hasta provocar su muerte.
No pocos de los condenados por delitos de lesa humanidad han sido beneficiados con prisión domiciliaria con el respaldo de falsos diagnósticos, en tanto algunos de ellos han aprovechado esa circunstancia para darse a la fuga.
Todos los reos gozan, como marca la Constitución, del derecho a la defensa con las garantías que determinan las leyes y hasta algunos de ellos, aún con condena, han podido ejercer la profesión de abogados.
Un caso emblemático es el del coronel-abogado Bernardo José Menéndez, condenado a perpetua en el año 2009, pero eso no le impidió que en 2010 actuara como defensor del genocida Eduardo Rufo, el apropiador de Carla Artes mientras aquella niña estuvo confinada junto con su madre -desaparecida desde 1976- en Automotores Orletti.
Menéndez pudo seguir ejerciendo como abogado porque en ese momento la condena no había sido confirmada en segunda instancia.
A quienes tratan de deslegitimar los juicios por delitos de lesa humanidad hay que recordarles que mientras el mencionado abogado de la muerte pudo seguir defendiendo a sus compañeros de crímenes, durante el terrorismo de Estado fueron asesinados más de un centenar de abogados que habían asumido la defensa de personas perseguidas por la dictadura.
Es decir, los presuntos delitos atribuidos a sus defendidos se les cargaba a sus abogados defensores y ambos terminaban en un mismo destino: la muerte.
El juicio a las juntas militares estableció, aún con todos sus vacíos, que en aquellos años la Argentina vivió bajo el imperio de la ley de la selva.
Por eso es que el histórico fallo habló de la existencia de un plan criminal.
Y los criminales no son presos políticos, como pretenden los condenados y quienes agitan la misma falacia.