De usurpados y usurpadores
Por Juan Carlos Martínez
Marianella Becerra había ingresado a una casa no ocupada del Instituto Provincial de la Vivienda con sus dos pequeños hijos de nueve meses y dos años de edad, respectivamente.
Cuando la mal llamada usurpación tomó estado público y el caso llegó a los tribunales, la jueza María Florencia Maza ordenó el desalojo por la fuerza, pero la extrema medida no se cumplió porque en medio del trámite intervino el municipio y el Ministerio de Bienestar Social con la promesa de brindarle a la mujer una solución de emergencia.
Primero le ofrecieron 800 pesos para alquilar, algo que sonó como una burla. Después le propusieron alojarla en un hotel hasta que consiguiera una vivienda y le prometieron subsidios por cada uno de los hijos.
Todo de manera provisoria como generalmente se resuelven los problemas que afectan a los sectores más desprotegidos de la sociedad, donde lo permanente es la emergencia.
El camino escogido por la jueza pone de relieve, una vez más, que cuando se desprotege al más débil, la justicia deja de ser justicia para convertirse en un castigo para los más vulnerables, en este caso con dos criaturas como víctimas.
Es cierto que la magistrada trasladó al Estado provincial la responsabilidad de dar una solución a esa madre y a sus dos pequeñas criaturas, pero como paso posterior –no anterior como debía ser- al desalojo por la fuerza que debía cumplir la policía.
¿Alguien imagina una escena como la de ver a un piquete de uniformados arrojando a la calle con la suavidad que los caracteriza a una mujer con dos pequeñas criaturas?
Si el sentido común no fuera suficiente para entender que habiendo dos criaturas en el medio no hay nada superior a ellas, la jueza y todos cuantos han intervenido en el caso tenían a mano la Declaración Universal de los Derechos del Niño
¿La habrán leído? Si la leyeron ¿qué entendieron?
El artículo 4 es por demás ilustrativo: “El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud. Con este fin, deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados”.
Sin embargo, la jueza actuó con un sentido clasista al poner como eje la propiedad privada sobre un interés superior como el de proteger a los más débiles, argumento que en este caso cobraba más fuerza por la presencia de dos niños.
En los fundamentos que han tomado estado público, la jueza cargó con dureza contra la joven madre por negarse a abandonar la vivienda y hasta habló de “un accionar delictivo” de la mujer a la que calificó de “delincuente caprichosa que no quiere cumplir con su deber”.
¿Puede una jueza calificar de delincuente a una persona que no ha sido llevada a juicio y mucho menos condenada? ¿O para la jueza pobre y delincuente tienen el mismo significado?
Una vez que termine la solución de emergencia que la jueza y otros organismos del Estado han puesto en marcha, ¿cuál será el destino de esa mujer y sus dos niños? ¿Habló la jueza con esa madre?
¿Indagó sobre su historia personal y familiar? ¿O se ha limitado a convertir a esa persona en un expediente más sin tener en cuenta que la fría letra de las leyes no es suficiente para entender cada historia humana?
Poco debemos haber avanzado como sociedad para que a esta altura de la historia estemos preocupados porque una madre con dos niños “usurpa” una vivienda mientras miles y miles de madres y niños de su clase son víctimas de la usurpación de sus derechos por el “caprichoso delito” de ser pobres.
Foto: Walter Brandimarte